martes, 9 de junio de 2009

PROTECCIÓN A SINDICALISTAS: PROPUESTA CUT AL MINISTRO DEL INTERIOR

Bogotá, 27 de mayo de 2009
Doctor
FABIO VALENCIA COSSIO
Ministro del Interior y de Justicia
RAFAEL BUSTAMANTE
Dirección de Derechos Humanos
Ministerio del Interior y de Justicia
Bogotá D.C.
Cordial saludo:

La situación de violencia contra el movimiento sindical persiste y se agudiza con su amplio espectro de violaciones a los derechos humanos que van desde homicidios, detenciones arbitrarias, torturas, desapariciones forzadas, amenazas, que registran 547 eventos en el 2008, con un incremento del 20% en relación al 2007, donde se presentaron 441 violaciones a los derechos humanos de los sindicalistas de estos casos, ocurriendo en el 2008, 49 homicidios y para el 2007, 39 casos1.

Colombia ocupa el primer puesto en asesinatos de sindicalistas en el mundo, desde el año 1986, se han registrado 2712 de dirigentes y afiliados asesinados con un indicador de impunidad del 95.6% y en el tema de desaparecidos suma 193 con un record de impunidad del 100%2.

En el tema de amenazas, pese a los anuncios del Gobierno de la existencia de mejores garantías para el movimiento sindical en el 2008 se dispararon las amenazas de muerte: 251 casos más (97.1% de incremento).

Estas referencias cuantitativas simplemente son para reflejar la dramática y creciente situación de violación a los derechos humanos de los sindicalistas que hoy justifica la exigencia al Estado de cumplir el mandato constitucional en garantizar los derechos fundamentales, como la vida digna y la obligación del respeto a las libertades sindicales hoy amenazadas.

La existencia sistemática de violencia antisindical y por la presión de los trabajadores, obligó al Gobierno a establecer en 1997 un Programa de Protección Sindical a cargo del Estado y reglamentada esta normatividad en los mandatos constitucionales y de ley que han hecho posible la existencia de un programa de protección bajo la responsabilidad del Estado como son:

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1,2Informes Ens – CUT (Informe de violaciones a la vida, la libertad y la integridad física – 2008)

El Art. 6 de la Ley 199 de 1995, el decreto 372 de 1996, la Ley 418 de 1997, prorrogada por la Ley 549 de 1999 y el marco jurídico que establece los mecanismos para proteger a la población en conflictos internacionales e internos y en especial para sindicalistas donde se busca evitar la eliminación física de los protagonistas, la defensa del derechos de asociación y las reivindicaciones de los trabajadores en el marco de los derechos económicos, sociales y culturales implícitos en la declaración universal de los derechos humanos, este marco jurídico dio vida al programa de protección sindical en cabeza del Ministerio del Interior y de Justicia y que dio paso a la creación del CRER, Programa que fue posteriormente ampliado a las más diversas poblaciones victimizadas. Este programa de protección surge de un acuerdo entre las organizaciones victimizadas y el Gobierno Nacional por compromisos internacionales con estos organismos (ONU, CIDH, OIT).

En consecuencia cualquier intervención que modifique el programa sindical debe contar con la previa discusión y consulta de las partes, la CUT, central que representa el 88.5% de las violaciones a los derechos humanos de sindicalistas en el 2008, siendo la organización más victimizada del movimiento sindical3.

El Gobierno ha venido modificando unilateralmente las condiciones de la protección de líderes sindicales y sociales como es el caso de los cambios legales donde el DAS órgano que operaba la seguridad en transporte y escoltas del programa, estableció que no debe prestar este servicio, y dando paso a la licitación donde se terceriza la contratación de servicios de escolta y la cual fue adjudicada a la empresa de vigilancia privada VISE, proceso que gradualmente se ha venido aplicando a otras poblaciones del programa, que reiterada y públicamente hemos rechazado por representar la ruptura de la responsabilidad constitucional que tiene el Estado Colombiano de garantizar la protección a los sindicalistas y sus dirigentes, y además abrir un proceso de tercerización laboral y privatización de funciones propias del Estado y de paso incrementar los niveles de riesgo en un país que mantiene un conflicto interno que pone en condiciones de mayor vulnerabilidad a la población civil.

Por las anteriores consideraciones proponemos al Gobierno abrir un proceso de negociación y concertación que busque definir alternativas que consulten los acuerdos que dieron lugar al programa sindical y se tenga en cuenta en cualquier definición a las organizaciones victimizadas, como lo hemos propuesto en la pasada audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del 23 de marzo de 2009 en la ciudad de Washington.

De esta forma nos permitimos oficializar nuestra propuesta y explicitar los criterios fundamentales que en nuestra opinión debe contener un mecanismo que responda integralmente a nuestras necesidades de protección.


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3Informes ENS – CUT: (Informe de violaciones a la vida, la libertad y la integridad física – 2008)

PROPUESTA:

El Estado como responsable de garantizar la protección al movimiento sindical.
Ejecutar el programa de protección sindical por intermedio del Ministerio del Interior y del CRER Sindical a través de un convenio interinstitucional con la Policía Nacional, que creará una oficina que administrará la prestación de estos servicios de seguridad.
Asumir contratar el personal de escolta que viene prestando sus servicios a los actuales protegidos del programa sindical con un contrato a término indefinido y con las garantías salariales y prestacionales de acuerdo a la responsabilidad del servicio de escoltas.
Que el nuevo mecanismo posibilite que los dirigentes sindicales y sus organizaciones sugieran gente de su confianza para ser vinculados como escoltas al programa sindical, previo el lleno de los requisitos que exige la ley.
Que el acuerdo del nuevo mecanismo y modalidad que asuma el programa de protección sindical cuente con la veeduría de la Procuraduría, la Defensoría del Pueblo, y el acompañamiento internacional de la ONU, CIDH y la OIT.


Con el fin de trabajar y discutir nuestra propuesta solicitamos una audiencia con el señor Ministro del Interior y de Justicia, doctor Fabio Valencia Cossio y así avanzar en la definición de una propuesta concertada que de solución a este delicado tema.

NOS DESPEDIMOS MUY ATENTAMENTE.

ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO

TARSICIO MORA GODOY DOMINGO TOVAR ARRIETA

PRESIDENTE SECRETARIO GENERAL


ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO

LUIS ALBERTO VANEGAS Z. BORIS MONTES DE OCA

DIRECTOR DPTO. DERECHOS HUMANOS DIRECTOR DPTO. RELACIONES LABORALES.
fuente:cut: www.cut.org.co

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