domingo, 24 de mayo de 2009

ACTA FINAL DEL PROCESO DE CONCERTACION DEL PLIEGO DE PRESENTADO AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL POR LA FEDERACION COLOMBINA DE EDUCADORES FECODE

Periodo de concertación: Del 14 de abril al 23 de mayo de 2009
Participantes:
Por el Ministerio de Educación Nacional

Cecilia María Vélez White - Ministra de Educación Nacional

Isabel Segovia Ospina – Viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media

Nohemy Arias Otero – Secretaria General del Ministerio de Educación

Gloria Mercedes Álvarez Núñez - Directora de Descentralización

Mónica López Castro – Directora de Calidad para la Educación Preescolar, Básica y Media

Jorge Bohórquez Castro - Jefe de la Oficina Asesora Jurídica

Adriana Molina Mantilla – Jefe de la Oficina Asesora de Planeación

María Cristina García Parra - Subdirectora de Recursos Humanos del Sector

Adela Monroy Omaña, Juan Sebastián Calderón Machuca, Juan Lara Franco, Jesús Mejía Peralta y William Cruz Suárez - Asesores.

Por la Federación Nacional de Educadores - FECODE

Senén Niño Avendaño - Presidente de FECODE

Rafael Cuello Ramírez - Vicepresidente

Pedro Luis Arango Sánchez - Fiscal

Luis Alberto Grubert Ibarra

Álvaro Francisco Morales Sánchez

Luis Eduardo Varela Rebellón - Secretario General

Jorge Valero y Félix Bonilla – Abogados Asesores

Germán Umaña y Gustavo Junca – Asesores económicos

Reuniones Acordadas:
Las fechas acordadas para adelantar las reuniones de concertación, fueron:
1.- La Comisión de Concertación en pleno se reunió durante los días 14 y 23 de abril, 5, 12, 19 y 22 de mayo de 2009.
2.- Las reuniones de trabajo de las subcomisiones técnicas o grupos de trabajo, se llevaron a cabo durante los días 17, 21 y 28 de abril y 5, 8, 15 y 21 de mayo de 2009.

Temas tratados:
Los temas que se abordaron durante las jornadas de trabajo, se dividieron en los siguientes grupos:
1er. Grupo. Condiciones de trabajo de los docentes: Incremento salarial, jornada laboral, estímulos y parámetros de relación alumno-maestro-aula.
2do. Grupo. Régimen de traslados.

3er. Grupo. Pago de deudas. Ascensos. Refinanciación del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Pago de Pasivo prestacional.
4o. Grupo. Garantías sindicales y bienestar. Salud. Vivienda. Apoyo a los Juegos Nacionales de Integración del Magisterio. Garantía de los derechos de asociación y libertad sindical del magisterio y otorgamiento de comisiones sindicales y descuentos.

Otros temas:
Los puntos como Estatuto Único de la Profesión Docente y política educativa que por iniciativa del gobierno no fueron objeto de concertación por reservas de orden normativo, reservas que FECODE no comparte.

Sobre régimen pensional se acordó mantener las deliberaciones en la comisión accidental de pensiones con la participación de la comisión de concertación, en la búsqueda de soluciones.


Resultados de las reuniones:

Los resultados de las reuniones se tradujeron en ACUERDOS que conducirán a la expedición de actos administrativos y directivas acerca de los temas y puntos sobre los cuales hubo concertación, así como en COMPROMISOS que se adquirieron sobre puntos que adelante se especifican, que si bien no se deben plasmar, por su naturaleza, en actos administrativos, sí generan la responsabilidad bilateral de emprender acciones conjuntas en la búsqueda de soluciones entre el Ministerio de Educación Nacional y FECODE. Por otra parte no se logró acuerdo sobre temas que más adelante se indican.


1er Grupo
CONDICIONES DE TRABAJO: Incremento salarial a los docentes, jornada laboral, estímulos y parámetros de relación alumno – maestro - aula.


1.- Sobre Salarios.


Desacuerdo.

Fecode no comparte la posición de que el incremento salarial de los educadores para la vigencia 2010 - 2011, se tenga que tramitar solo ante el Ministerio de Hacienda, sin concertación previa con el MEN.

1.2.- Compromisos.

1.- FECODE presentó su análisis sobre el comportamiento económico de los incrementos de salarios entre el 2000 y el 2008. El Ministerio adelantará un estudio sobre la materia teniendo en cuenta además el incremento salarial decretado para los demás servidores públicos. Estos trabajos se presentarán al Ministerio de Hacienda como un elemento a tener en cuenta para la fijación del incremento salarial de las próximas vigencias.
2. Sobre estímulos.
Acuerdo.
1.- Expedir un Decreto mediante el cual se definan los criterios para establecer zonas rurales de difícil acceso y se establezca que con el cumplimiento de uno solo de ellos se acceda a la bonificación. El decreto incluirá los elementos de obligatoriedad y periodicidad de la reglamentación por parte de las entidades territoriales certificadas. Se conformará un comité técnico con participación de la respectiva organización sindical de docentes para que asesore al nominador de la entidad territorial certificada a través de un estudio en la determinación de estas zonas.
Desacuerdo.
Fecode no comparte la decisión del Gobierno de otorgar estímulos económicos solo a las zonas rurales de difícil acceso.


Compromiso.
1.- FECODE presentará un estudio al Ministerio de Educación Nacional para que éste incluya, en el marco de la Ley 1297 de 2009, otras zonas de difícil acceso.


2.- Revisar la reglamentación que deben observar las entidades territoriales en el tema de zonas rurales de difícil acceso, para garantizar su cumplimiento en todo el territorio nacional. FECODE informará sobre los incumplimientos que detecte. Con los resultados de esta revisión, se buscará establecer si efectivamente se está aplicando el incentivo previsto sobre bonificación por laborar en zonas rurales de difícil acceso.

Acuerdos.
2.-Expedir una Directiva que reglamente los programas en el exterior, seminarios y talleres (inciso final Art. 43 del 2277) buscando la mayor transparencia en su asignación.
3.- Expedir una Directiva sobre el funcionamiento de los Comités territoriales de formación docente y que, así mismo, imparta orientaciones para que sean invitados a participar dentro de la conformación del Comité Territorial de Capacitación a los Centros Especializados de Investigación Docente – CEID, conforme al artículo 20 del Decreto 709 de 1996.

Compromisos.
3.- Establecer acciones de apoyo integral en materia de educación especial, con equipos y ayuda, de conformidad con las normas sobre la materia.

4.- Presentar una consulta al Consejo de Estado, redactada conjuntamente con FECODE, acerca de la situación de un grupo de docentes que habrían adquirido el derecho al estímulo de ascender al Grado 14 del Escalafón por título que obtuvieron antes del año 2001.

3.- Sobre Relación Alumno – Maestro – Aula.

3.1.- Compromisos.

1.- El Ministerio en conjunto con las secretarías de educación realizará un estudio sobre cursos que actualmente sobrepasen 45 alumnos en secundaria y 40 en primaria para lograr su ajuste. A partir de 2010 las secretarías revisarán las matrículas para garantizar el ajuste de estos grupos, salvo casos de fuerza mayor.
2.- A partir del 2010 se asignara un orientador, previo concurso para cada institución educativa que registre una matrícula de mínimo 800 alumnos en educación regular en los grados cero a once..

3.- Se empezará a introducir la jornada extendida de los niños de primaria, con el fin de garantizar áreas de inglés, artes, informática y educación física. Cada entidad territorial de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, hará un plan que no implique modificación de la asignación académica de los docentes mediante estrategias como la asignación de maestros adicionales y horas extras, para llegar a una ampliación equivalente del parámetro a 1.1 docente por grupo.

4. Sobre Jornada Laboral.

4.1.- Acuerdo.
1.- Expedir una Directiva en la que se considere la permanencia de los docentes durante 30 horas semanales, incluyendo el descanso pedagógico.

2do. Grupo.


REGIMEN DE TRASLADOS.


1.- Acuerdos.
1.1.- Expedir el Decreto reglamentario del sistema nacional de traslados.
Se reglamentará el sistema nacional de traslados en todas las entidades territoriales, buscando transparencia, equidad y agilidad. El Ministerio prestara asistencia técnica y los elementos informáticos para desarrollar la medida.
Se garantizará que FECODE desarrolle un sistema de veeduría para su cumplimiento.


1.2.- Expedir la Resolución reglamentaria del procedimiento especial sobre docentes amenazados.

Los aspectos sobre requisitos y procedimientos para la protección de docentes amenazados deben establecerse en Resolución aparte del decreto que fija el régimen general de traslados, en el cual se establecen expresamente estas facultades.


2.- Compromisos.

2.1.- Sobre los aspectos especiales relacionados con el régimen general de traslados que tienen que ver con la salud, se efectúan las siguientes recomendaciones:
En relación con los docentes que tienen una incapacidad permanente que según la valoración médico laboral no alcance a generar el derecho a pensión por invalidez, e implique disminución en la carga laboral, se instruirá a la secretaria de educación para que la disminución de la carga laboral de dichos docentes sea cubierta por horas extras.

El Ministerio de Educación intervendrá frente a las secretarías de educación y a la fiduciaria encargada de la contratación y auditoría de los servicios de salud para que se realice oportunamente la valoración médico laboral.


2.2.- Adelantar análisis para establecer la relación entre maestros asesinados y el régimen de amenazados, con el fin de evaluar la efectividad de las medidas.



3er. Grupo.

PAGPO DE DEUDAS. Refinanciación del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. Pago de Pasivo prestacional.

1.- Acuerdos.
Expedir una Directiva para establecer un límite para identificación de deudas laborales. FECODE colaborará en el proceso de identificación.
2.- Compromisos.

El Ministerio y FECODE buscarán agilizar los trámites para garantizar el pago de la deuda prestacional con el magisterio por parte del Ministerio de Hacienda.



4o. Grupo.

GARANTIAS SINDICALES Y BIENESTAR. SALUD.


Compromisos.
1.- Expedir una circular conjunta con el Ministerio de la Protección Social orientando a las entidades territoriales sobre el otorgamiento de permisos sindicales que contemple los siguientes criterios:

1.1. Garantizar el ejercicio de la actividad sindical a los miembros de las juntas directivas de las organizaciones sindicales del magisterio.

1.2. Otorgar anualmente los permisos sindicales previa solicitud de la organización sindical atendiendo los criterios estipulados por el artículo 3º del Decreto 2813 de 2000, renovables dentro del período estatutario. La programación presentada con la solicitud será objeto de revisión semestral con los representantes de la organización sindical, con la finalidad de verificar su avance y efectuar los ajustes a que pueda haber lugar.
1.3. Los permisos se otorgarán por un (1) año, no obstante los que ya han sido concedidos mediante acto administrativo con anterioridad a esta circular que superen un (1) año continuarán vigentes hasta que expire su plazo.
2.- A través del Ministerio de Agricultura se apoyarán líneas de crédito para la adquisición de predios rurales.

3.- El ICETEX establecerá condiciones para acceder a líneas de crédito preferencial para postgrados. El Ministerio promoverá mediante subsidios de maestrías para los docentes.
4.- Se impulsarán los programas de crédito para vivienda del Fondo Nacional de Ahorro - FNA.
5.- Se estableció una preferencia para los maestros en el marco de una política anticíclica para acceder a consultar sobre una línea de vivienda media para dar prioridad a maestros en la obtención de créditos blandos.
SOBRE ESTATUTO UNICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE.
Compromisos.
1.- Emprender reuniones de análisis académico que aborden los temas de escalafón docente y profesionalización de los maestros.

2.- Conformar una comisión de estudio para trabajar sobre un posible proyecto de régimen especial disciplinario para maestros, en la cual se debe incluir al Departamento Administrativo de la Función Pública y a la Procuraduría General de la Nación.

SOBRE EL REGIMEN ESPECIAL DE LOS MAESTROS

La comisión de concertación valora como positiva la labor desarrollada por la Comisión Accidental de Pensiones, y las acciones que desde el Congreso de la República se viene desarrollando en la búsqueda de aclarar la vigencia del régimen especial de pensiones del Magisterio en el espíritu del Acto Legislativo 01 de 2.005.

FECODE, reafirma la decisión de exigir el reconocimiento y respeto al régimen pensional - Ley 91 de 1.989 - , - Ley 812 de 2003 - y acto Legislativo 01 de 2.005.
Con el ánimo de superar el conflicto surgido en la interpretación sobre la aplicación del Acto Legislativo 01 de 2005 y reconociendo por una parte su importancia para el magisterio; se conviene continuar con las conversaciones entre el MEN - FECODE con la participación de la Comisión Accidental de Pensiones, creada por el senado para alcanzar acuerdos.
Una vez analizados los temas previstos para estas reuniones de concertación entre el Ministerio y FECODE, se da por concluida la concertación de asuntos y condiciones laborales, en constancia de lo cual firman las partes.





Cecilia María Vélez White Senén Niño Avendaño

Ministra de Educación Nacional Presidente de FECODE

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