jueves, 20 de mayo de 2010

ASESINADO DIRIGENTE SINDICAL




“ESA ES UNA VERDAD A MEDIAS Y MUCHAS CIFRAS SON PRODUCTO DE LA MANIPULACION. LO QUE ELLOS NO DICEN, Y TAMPOCO QUIEREN QUE SE SEPA ES CUANTOS -ASESINATOS- SE DIERON POR SU LABOR SINDICALY CUANTO POR LA VIOLENCIA QUE VIVIMOS TODOS” vicepresidente francisco santos

Periódico el tiempo 15 de marzo 09

UNAC

UNION NACIONAL AGROALIMENTARIA DE COLOMBIA

Bogotá DC, 20 de mayo del 2010

Doctor

FRANCISCO SANTOS

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Ciudad

Asunto: Asesinato de sindicalista SINTRAINAGRO - CIÉNAGA

Sr. Vicepresidente de la República:

En su condición de responsable de la política de Derechos Humanos de la Presidencia de la República le hacemos llegar nuestra denuncia y preocupación por el asesinato del compañero Francisco Antonio Abello Rebollo, trabajador de la Finca Palo Alto, perteneciente a la empresa INVERSIONES PALO ALTO GENECCO ESPINOSA, del municipio de San Juan Palo Prieto del departamento del Magdalena.

El hecho ocurrió, según lo denunció SINTRAINAGRO, a las 11:00 de la mañana del día 17 de mayo, cuando el compañero se encontraba en el frente de trabajo en plena actividad laboral.

Los trabajadores que presenciaron el hecho afirman que dos sicarios no identificados incursionaron en la plantación de palma de aceite y procedieron a asesinarlo con armas de fuego.

No olvidamos que en la empresa precitada se requirió la intervención de la Vicepresidencia de República, del ministro de Interior, del viceministro para relaciones laborales y del propio presidente de la República, para atender la agresión violenta que se presentó en el mes de diciembre de 2009, por la sindicalización de los trabajadores y la presentación de un pliego de peticiones que finalmente la empresa aceptó y negoció, considerando superado el conflicto.

Con el asesinato del compañero Francisco Antonio Abello Rebollo, la violencia retoma su presencia contra los trabajadores, y se empieza a hacer realidad la aplicación en la práctica, de las amenazas contra la dirigencia sindical, y quienes se destacaron en el ejercicio de la huelga que concluyó con el acuerdo arriba citado entre SINTRAINAGRO y la empresa Inversiones Palo Alto.

Por lo anterior requerimos la intervención del gobierno Nacional y la investigación de las autoridades judiciales para que se castiguen los autores intelectuales y materiales del hecho que denunciamos, como así también, se atienda con eficacia el tema de seguridad y protección de los derechos humanos, que a la fecha no ha tenido solución.

Atentamente,

Luis Alejandro Pedraza B.

Presidente de la UNAC

TITULO II

DE LOS DERECHOS, LAS GARANTIAS Y LOS DEBERES
CAPITULO I
DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
ARTICULO 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
ARTICULO 12.Nadie será sometido a desaparición forzada, ha torturas ni ha tratos o penas crueles inhumanos o degradantes.
ARTICULO 13.Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozaran de los mismo derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas en favor de grupos discriminados o marginados
ARTÍCULO 22. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento
ARTICULO 25.El trabajo es un derecho y una obligación social y goza en todas sus modalidades de la especial protección del estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas
ARTICULO 44.Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión .serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral…
La familia, la sociedad y el estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos
(CONSTITUCION POLITICA DEL 1991).

José Camargo- secretario de derechos humanos ASODEGUA

www.informedeladocencia.blogspot.com / josecmrg1@gmail.com 20/05/10



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